Hoy se notificó la sentencia dictada por los Jueces Estaban Centanaro y Mabel Daniele, integrantes de la Sala II de la Cámara en lo CAyT, que ratificaron la decisión del Juez Ammirato en cuanto la suspensión de la inauguración del Shopping de IRSA en el Barrio de Palermo denominado Distrito Arcos (ubicado entre Av. Juan B. Justo, Av. Santa Fé, Godoy Cruz y Paraguay) y, además, ordenó paralizar la construcción de las obras.
Los Jueces establecieron que el otorgamiento del permiso de obra fue irregular porque no se cumplieron todos los pasos que la ley N° 123 exige para la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). "La obra no podría caratularse de "sin relevante efecto" de conformidad con los incisos involucrados en el artículo 13 de la ley N° 123. Todo lo contrario (…) resultaría de relevante efecto y el estudio de impacto ambiental debería haber existido en forma previa al inicio de las obras". Incluso afirmaron que el intento de la empresa IRSA de iniciar nuevamente el trámite de EIA con relevante efecto constituye un reconocimiento de "la necesidad de contar con la autorización de la Administración en materia ambiental para la habilitación del emprendimiento comercial".
Esta sentencia surgió en un expediente judicial iniciado por una acción de amparo presentada por el ex legislador porteño del Partido Social de la Ciudad, Facundo Di Filippo. El Juez de 1° Instancia, Aurelio Ammirato, había levantado la suspensión de la construcción del Shopping pero ordenado que éste no se inaugure.
Incumpliendo esta orden, el Grupo IRSA, cuyo accionista principal es Eduardo Elztain, inició una campaña publicitaria de gran envergadura anunciando que el día jueves 12 de diciembre iba a inaugurar el "Distrito Arcos" con 4.000 invitados, entre ellos, el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y el Jefe de Gabinete de Nación, Jorge Capitanich. Frente a esta conducta, la Sala II de la Cámara del Fuero Contencioso y Administrativo de la Ciudad no sólo ratificó la decisión de suspender la inauguración sino también dispuso la paralización del avance de las obras de construcción.
Esta es sólo una de las innumerosas irregularidades que se denunció en la demanda. Las obras fueron iniciadas en terrenos en los cuales no se podía construir un shopping, la empresa IRSA logró que se sancionará una ley en forma absolutamente irregular en la Legislatura porteña el año pasado.
Al respecto Di Filippo manifestó “este fallo comprueba que comenzaron a hacer una mega obra, un nuevo shopping, sin cumplir los requisitos mínimos para iniciar una obra de esta envergadura en una de las zonas más inundables de la Ciudad. El grupo IRSA debe pensar que no tiene que cumplir con la ley ya que tiene la cobertura del gobierno de la ciudad y el nacional” y recordó que“en una sesión escandalosa de fin del año pasado bajo los efectos del famoso Pacto PRO-K, a las 3 de la mañana, los legisladores de ambas bancadas incorporaron un artículo mencionando a este shopping, para intentar darla una cobertura jurídica, cosa que a las claras no han logrado”.
En este link se adjunta copia de la sentencia.
https://www.dropbox.com/sh/4fpe59fl053aax9/DlHhxvECUR
Contacto Prensa
Facundo Di Filippo (011) 15- 6360-4540
Jonatan Emanuel Baldiviezo (011) 15-3655-3465
Los Jueces establecieron que el otorgamiento del permiso de obra fue irregular porque no se cumplieron todos los pasos que la ley N° 123 exige para la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). "La obra no podría caratularse de "sin relevante efecto" de conformidad con los incisos involucrados en el artículo 13 de la ley N° 123. Todo lo contrario (…) resultaría de relevante efecto y el estudio de impacto ambiental debería haber existido en forma previa al inicio de las obras". Incluso afirmaron que el intento de la empresa IRSA de iniciar nuevamente el trámite de EIA con relevante efecto constituye un reconocimiento de "la necesidad de contar con la autorización de la Administración en materia ambiental para la habilitación del emprendimiento comercial".
Esta sentencia surgió en un expediente judicial iniciado por una acción de amparo presentada por el ex legislador porteño del Partido Social de la Ciudad, Facundo Di Filippo. El Juez de 1° Instancia, Aurelio Ammirato, había levantado la suspensión de la construcción del Shopping pero ordenado que éste no se inaugure.
Incumpliendo esta orden, el Grupo IRSA, cuyo accionista principal es Eduardo Elztain, inició una campaña publicitaria de gran envergadura anunciando que el día jueves 12 de diciembre iba a inaugurar el "Distrito Arcos" con 4.000 invitados, entre ellos, el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y el Jefe de Gabinete de Nación, Jorge Capitanich. Frente a esta conducta, la Sala II de la Cámara del Fuero Contencioso y Administrativo de la Ciudad no sólo ratificó la decisión de suspender la inauguración sino también dispuso la paralización del avance de las obras de construcción.
Esta es sólo una de las innumerosas irregularidades que se denunció en la demanda. Las obras fueron iniciadas en terrenos en los cuales no se podía construir un shopping, la empresa IRSA logró que se sancionará una ley en forma absolutamente irregular en la Legislatura porteña el año pasado.
Al respecto Di Filippo manifestó “este fallo comprueba que comenzaron a hacer una mega obra, un nuevo shopping, sin cumplir los requisitos mínimos para iniciar una obra de esta envergadura en una de las zonas más inundables de la Ciudad. El grupo IRSA debe pensar que no tiene que cumplir con la ley ya que tiene la cobertura del gobierno de la ciudad y el nacional” y recordó que“en una sesión escandalosa de fin del año pasado bajo los efectos del famoso Pacto PRO-K, a las 3 de la mañana, los legisladores de ambas bancadas incorporaron un artículo mencionando a este shopping, para intentar darla una cobertura jurídica, cosa que a las claras no han logrado”.
En este link se adjunta copia de la sentencia.
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